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Lima (Lima)
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN AGRONEGOCIOS, TRIBUTACION, COSTOS​ SOMOS ESPECIALISTAS EN ASESORIA LEGAL, ASESORIA A PERSONAS NATURALES, ASESORIA A EMPRESAS, DESARROLLO EMPRESARIAL, GESTION DE EMPRESAS. ASESORIA EN CONSTITUCION DE EMPRESAS ELABORACION DE MINUTAS ACTAS AUMENTO DE CAPITAL BIENES MOBILIARIOS DENUNCIAS JUDICIALES PENAL CIVIL ASESORIA A NIVEL NACIONAL 4333093 - 994720643
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Lima (Lima)
ABOGADOS ESPECIALISTAS... ASESORAMOS EN temas de derecho CIVIL, PENAL, SOCIETARIO, EMPRESARIAL, PROPIEDADES, DESALOJOS, HIPOTECAS, EMBARGOS, REMATES, DEUDAS, NULIDADES, LETRAS DE CAMBIO, TERCERÍAS, ASESORÍA EN COMPRA-VENTA DE INMUEBLES, PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, CONTRATOS, SANEAMIENTO, REGULARIZACIÓN, DECLARATORIA DE HEREDEROS, SUCESIÓN INTESTADA, ASESORAMOS A EMPRESAS Y SINDICATOS. TAMBIÈN PROBLEMAS LABORALES, PENSIONES Y ANTE INDECOPI, Y ANTE EL SAT.. PROCESOS PENALES DE TODO TIPO. PROCESOS ANTE REGISTROS PUBLICOS Y ANTE SUNAT... TRAMITES ANTE CONSULADOS... Cel. 963064940
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Lima (Lima)
Cuando hay una duda sobre la veracidad de la paternidad de un menor de hijo (a), se tiene que realizar la impugnación de paternidad en un proceso judicial. En esta impugnación se admite la prueba en contrario, en el cual el padre afectado declara que el procedimiento de filiación iniciado por la madre biológica, adolece de vicios en el acto del reconocimiento paternal, por no haber sido notificado válidamente o no haberse practicado la prueba de ADN. El único medio probatorio válido e infalible en un 99.9% es la prueba del ADN, que nos da resultados seguros sobre la genética de ambos padres a fin de que se puedan establecer la real identidad del nacido y la certeza sobre el padre biológico, la que deberán practicárseles al padre impugnante, a la madre biológica y al niño, sólo pudiendo ser impugnada por otra de similar. De acuerdo al artículo 361 del Código Civil indica que el niño nacido dentro de la vigencia del matrimonio se presume por ley que es del marido, aunque fuera de otro padre biológico. RENIEC sólo acepta la inscripción del nacimiento de un niño que es declarado por la madre y sólo de quien es su esposo. De acuerdo a la Convención del Niño, la verdad biológica debe ser lo más cercana a la verdad legal. Este es un proceso que se puede realizar en cualquier momento porque los derechos de paternidad son inalienables e imprescriptibles, siendo el juez quien debe eliminar esta incertidumbre con relevancia jurídica. El artículo 400 del Código Civil establece que dentro del plazo de 90 días a partir que se tuvo conocimiento del acto, se debe interponer una demanda de impugnación de paternidad a fin de negar el reconocimiento del hijo que se le atribuye y se acredite el vínculo entre padre y el hijo a través de la prueba de ADN, pudiendo realizarse incluso si el hijo es mayor de edad. A fin de prevalecer el fin superior del niño, cabe la posibilidad que el padre biológico que tenga un hijo con una mujer casada pueda interponer su demanda a fin de acceder a real paternidad y que se consigne su apellido. El consignar el apellido del marido en estos casos se estaría configurando una falsificación de documentos púbicos, siendo este acto penado como delito de falsa filiación falsedad genérica art. 438 del Código Penal. El Código Civil ha establecido una de las formas de cuestionar el reconocimiento de un hijo cuando no cumpla con ser un acto jurídico de acuerdo a ley, cuando exista un vicio o se haya inducido a error, teniendo en cuenta 4 requisitos de admisibilidad: 1.- Por vicios de la voluntad del reconocimiento. 2.- Por simulación. 3.- Inobservancia de la forma prescrita. 4.- La prueba del ADN, sobre la ausencia del vínculo biológico. Puede consultarnos sin compromiso y uno de nuestros representantes lo atenderá, cualquier duda o inquietud no dude en comunicarse con nosotros para poder orientarlo. 993227570, también escribanos vía Whatsapp al número 993227570, las consultas son previa cita.
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Lima (Lima)
Estudio de Abogados... temas de Derecho civil, Comercial - Empresarial, Inmobiliario y Todo tipo de procesos penales... Cel.: 963064940....Lima....
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San Luis (Lima)
Somos un equipo de abogados con más de 18 años de experiencia en el sistema financiero y patrocinio ante el Poder Judicial y entidades financieras. 1. Defendemos y protegemos sus bienes ante medidas de embargo e hipotecas con estrategias efectivas en los procesos judiciales así como en las negociaciones en Lima y a nivel nacional con conocimientos de especialidad y la amplia experiencia que tenemos. 2. Evitamos remates judiciales de inmuebles por cobranzas injustas con intereses abusivos. 3. No pague intereses, ni el total del capital si existe una cobranza abusiva de las entidades financieras y prestamistas en general. En vía judicial truncamos procesos si resultan ser onerosos y perjudiciales. 4. Saneamos propiedades cancelando cargas y gravámenes, además asesoramos en adjudicaciones vía remates judiciales hasta inscribir la propiedad. 5. Elaboramos contratos, acuerdos, conciliaciones, transacciones, y asumimos defensa legal en todo tipo de negociaciones con resultados exitosos. 6. Tienes Desalojos que demandar o evitar, nulidades de compraventas, sanciones administrativas con multa o cierre de local?. No dude en llamarnos, les daremos soluciones a sus problemas legales. 7. Asimismo, patrocinamos denuncias penales difíciles de solucionar y conflictos ante el Poder Judicial y Ministerio Público, absolviendo y archivando la denuncia en contra, así como conseguir justicia si eres agraviado o parte civil. 8. Asesoramos y ejercemos defensa legal ante entidades administrativas tales como SUNARP, INDECOPI, OSCE, SUNAT, MUNICIPALIDADES Y OTROS ORGANISMOS. 9. Asesoramos y ejercemos defensa legal sobre controversias contractuales en compraventa, arrendamiento, ejecución de obra en sede privada y pública, y otras modalidades en los cuales haya incumplimiento de obligaciones a través de acuerdos privados vía conciliación, negociación o transacciones. 10. Ejercemos defensa legal y patrocinio en procesos en la vía arbitral así como en la vía judicial con resultados exitosos. Tráenos tus problemas legales y lo solucionaremos de inmediato. Consulte gratuitamente y separe cita, estamos ubicados en el distrito de Jesús María. Consulte a los teléfonos que se indican en el aviso o escríbanos vía whatsapp para separar una cita. También ofrecemos consultas virtuales, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
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Arequipa (Arequipa)
CONSULTORIO JURÍDICO Atendemos todas sus consultas en nuestras diferentes Áreas de Estudio CIVIL - FAMILIA - COMERCIAL - PENAL - LABORAL - TRIBUTARIO - REGISTROS PÚBLICOS - NOTARIAL - NEGOCIACIONES Y CONCILIACIONES En los diferentes temas: - Pensión de alimentos (Aumento/ Reducción) - Reconocimiento de hijos - Violencia Familiar - Divorcio - Conciliación - Filiación - Tenencia - Desalojo - Usurpación - Cambio de Nombre y Apellido - Reconocimiento de Unión de Hecho - Titulación y Saneamiento de Propiedad - Compraventa de Propiedades - Estafas - Accidentes de Transito - Indemnizaciones - Procesos Laborales - Beneficios - CTS - Denuncias - Abuso de Autoridad - Jubilaciones - Procesos Penales - Asesoría - Consultoria - Transacciones Judiciales y Extrajudiciales - Tramites en cualquier Entidad del Estado Y en cualquier problema Personal y/o Empresarial, precios negociables y sobretodo seguridad, efectividad y garantía CONSULTAS Y MAS INFORMACIÓN SOBRE LA UBICACIÓN DE NUESTRO ESTUDIO LLAMAR AL 943546517 y/o 949773350
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Lima (Lima)
El Congreso de la República aprobó la Ley Nº 30907, norma que establece la equivalencia de la unión de hecho (convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer libres de impedimento matrimonial, que haya durado por lo menos dos años continuos) con el matrimonio para acceder a la pensión de sobrevivencia. Dicha Ley, tiene como objeto establecer la equivalencia de la unión de hecho con el matrimonio para acceder a la pensión de sobrevivencia (cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Civil), dicha ley modifica del artículo 53 del Decreto Ley 19990. Con esta modificación, tiene derecho a pensión la integrante sobreviviente de la unión de hecho del asegurado o pensionista fallecido, y el integrante de la unión de hecho inválido o mayor de sesenta años de la asegurada o pensionista fallecida que haya estado a cargo de esta. Para lo cual, será válido esta derecho siempre que la unión de hecho se hubiera celebrado por lo menos un año antes del fallecimiento del causante y antes de que este cumpla sesenta años de edad si fuese hombre o cincuenta años si fuese mujer, o más de dos años antes del fallecimiento del causante en caso de haberse celebrado la unión de hecho debidamente inscrito a edad mayor de las indicadas. De igual manera, se exceptúan de los requisitos relativos a la fecha de celebración de la unión de hecho a los integrantes de la unión de hecho que se encuentren en estado grávido a la fecha de fallecimiento del asegurado. Asimismo, dicha la norma va modificar los artículos 32 y 38 del Decreto Ley 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles Prestados al Estado No Comprendidos en el Decreto Ley 19990 En referencia a la modificación del artículo 32, se otorgará la pensión a los integrantes de la unión de hecho, sobrevivientes inválidos que requieran del cuidado permanente de otra persona para efectuar los actos ordinarios de la vida. De igual manera, estos percibirán además una bonificación mensual, cuyo monto será igual a una remuneración mínima vital, siempre que así lo dictamine previamente una Comisión Médica del Seguro Social de Salud, ESSALUD, o del Ministerio de Salud. Con referencia al artículo 38, este señala que en caso de fallecimiento del trabajador (afiliado al Ordenamiento Definitivo del Régimen de Pensiones del Personal Militar y Policial), con derecho a compensación, esta se abonará en el siguiente orden excluyente: Tiene derecho a pensión el integrante sobreviviente de la unión de hecho, del causante o del pensionista fallecido. Puede consultarnos sin compromiso y uno de nuestros representantes lo atenderá, cualquier duda o inquietud no dude en comunicarse con nosotros para poder orientarlo. 993227570, también escribanos vía Whatsapp al número 993227570, las consultas son previa cita.
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Lima Callao (Lima Metropolitana)
ABOGADAS ATENCION LAS 24 HORAS: Experiencia, seriedad comprobada, BRINDAMOS ASESORIA LEGAL SOBRE DENUNCIAS : A NIVEL POLICAL (COMISARIA) MINISTERIO PÚBLICO (FISCALIA) PODER JUDICIAL (JUZGADOS) A NIVEL DE LIMA Y PROVINCIAS, LLAMENOS SIN COMPROMISO. RESPOSABILIDAD, EFICIENCIA DISCRESION. También brindamos asesoría legal en materia civil. Familia, registral, notarial. NUMERO DE CELULAR: 926524646-920162607 TAMBIEN VIA WHTASSAP:
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San Luis (Lima)
somos un estudio juridico con profesionales especilistas en accidentes de transito y conduccion en estado de ebriedad. brindamos asesoria personlaizada. evitamos el internamiento de tu vehiculo o puede ser llevado al deposito. detencion policial etapa de la investigacion fiscal pago de la reparacion civil suspencion de la licencia de conducir daños y perjuicios etc llamenos al numero consultas online y via whatssap asitimos presencial y virtual con los protocolos de bioseguridad todos los distritos de lima las 24 horas
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Lima (Lima)
Bufette de Abogados especialistas corporativos civil tributario penal propiedad intelectual patentes y marcas ambiental derechos integracion de la EU
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Arequipa (Arequipa)
abogados asociados especialistas en civil, penal, administrativo, municipal, notarial, laboral.consultas gratuitas al 959315466
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Arequipa (Arequipa)
SOMOS UN SELECTO EQUIPO DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN TODAS LAS MATERIAS,PENAL,,CIVIL,FAMILIA,LABORAL,ADMINISTRATIVO, CONSTITUCIONAL,CONCILIACIONES Y TRANSACCIONES EXTRAJUDICIALES,ASESORÍA ESPECIALIZADA EN COMPRA VENTA DE INMUEBLES,VEHÍCULOS Y MAQUINARIAS,LEVANTAMIENTO DE EMBARGOS E HIPOTECAS,RESOLVEMOS TODO TIPO DE PROBLEMA LEGAL,PATROCINANDO ANTE EL PODER JUDICIAL,MINISTERIO PUBLICO,DIRINCRI,INDECOPI,REGISTROS PÚBLICOS,MUNICIPALIDADES,TRAMITES DE MIGRACIONES PARA EXTRANJEROS(VISAS-PERMANENCIAS-REFUGIOS) Y OTROS ORGANISMOS PÚBLICOS. ASESORAMOS DENTRO DE la ciudad DE AREQUIPA Y A NIVEL NACIONAL CONSULTAS Y CITAS A LOS TELÉFONOS: 936642557 / 944014120, O COMUNICARSE A TRAVÉS DE WASSAP ESTAREMOS GUSTOSOS DE ATENDERLOS
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Arequipa (Arequipa)
Estimado servidor Le ofrecemos nuestra asesoría jurídica como abogados especialistas, de acuerdo a la situación o necesidad en la que se encuentre, dentro del ámbito jurídico de Derecho Civil y Derecho de Familia Adopción Violencia Familiar Alimentos Filiación Tenencia Cambio de nombre y apellido Separación Convencional y Divorcio Interdicción Desalojo Interdictos Adopción Patrimonio familiar Ofrecimiento de Pago y Consignación Comprobación de Testamento Inscripción y Rectificación de Partida Sucesión Intestada Reconocimiento de Resoluciones Judiciales y laudos expedidos en el extranjero Contratos Constitución de empresas y otros. A su servicio las 24 horas del día llame ahora a los siguientes números y separe una cita 9,43546517 y/o 9,49773350 Consulta Gratis
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Arequipa (Arequipa)
El Estudio Jurídico Praxis cuenta con Abogados especialistas en derecho penal, civil, violencia familiar, administrativo y defensa del consumidor. Contactenos al 958223009. Dirección: Centro Comercial La Gran Vía, Oficina 539
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Lima (Lima)
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